martes, 27 de noviembre de 2018

DERECHO COMERCIAL. El pago por mail no se considera legal

La Sala D Cámara Comercial, con votos de los jueces Gerardo G. Vassallo y Juan R. Garibotto, confirmó en la causa “Aval Rural S.G.R. c/ Dean, Rafael Ángel y otros s/ Ejecutivo” una sentencia que rechazó una excepción de pago parcial planteada por los ejecutados, que aseguraron que el mismo estaba acreditado por un correo electrónico.

Los ejecutados cuestionaron la sentencia de grado porque consideraron que la excepción de pago parcial fue erróneamente rechazada. Además sostuvieron que la ejecutante “procura enriquecerse sin causa” ya que “no probó haber pagado los cheques cuyo cobro persigue”.

Para los magistrados el correo electrónico copiado en la causa “de ninguna manera cumple con los recaudos que exige la norma legal de aplicación”, que son “necesarios para otorgar virtualidad a la defensa opuesta”.

Los integrantes de la Alzada, al confirmar lo resuelto, recordaron que la expresión "pago documentado" empleada en el artículo 544 inc. 6° del Código Procesal “implica que tal hecho extintivo de las obligaciones -que no es posible presumir- debe acreditarse, como regla general que no halla excepción en la especie, mediante instrumentos emanados del ejecutante y con referencia precisa al crédito en ejecución”.

Para los magistrados el correo electrónico copiado en la causa “de ninguna manera cumple con los recaudos que exige la norma legal de aplicación”, que son “necesarios para otorgar virtualidad a la defensa opuesta”.

Según el fallo, “se trata de una mera manifestación unilateral eventualmente efectuada por quien sería dependiente de la ejecutante” y, por otro, ello “tampoco permite inferir, siquiera indiciariamente, que lo allí señalado concierna a la concreta deuda cuyo cobro se reclama en las presentes actuaciones”.

“Por ello, y sin que resulte necesario mayor debate con relación a la copia en cuestión (cuya eficacia fue rotundamente resistida por la ejecutante, quien negó haber recibido pagos parciales), el rechazo de la excepción sub examine debe ser confirmado”, concluyeron los camaristas.

A los fines de evitar confusiones, se hace saber a todas aquellas personas que visitan el blog que: Las consulta por temas que involucran situaciones particulares tienen un costo establecido por la Ley Nº 6767, artículo 22, y su modificatoria Ley Nº 12.851 (legislación vigente en la provincia de Santa Fe, República Argentina) y se realizan en entrevistas personales. Por Favor, requiera mayor información por e-mail o telefónicamente.



jueves, 15 de noviembre de 2018

DERECHO DE FAMILIA - sobre Incidente de Aumento de Cuota Alimentaria

Los jueces de la Sala Quinta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Salta aumentaron la cuota alimentaria de una menor del 30% al 45% de un Salario Mínimo Vital y Móvil. El progenitor deberá también satisfacer la cobertura de salud al nivel de la proporcionad antes de renunciar a su trabajo.
En el caso, la sentencia de primera instancia hizo lugar al pedido de aumento de cuota alimentaria formulado por la madre de una niña contra su progenitor. El juez de grado estableció la cuota en un 30% del Salario Mínimo Vital y Móvil y, además, ordenó al demandado abonar en concepto de cuotas atrasadas.
La apelante planteó ante la Alzada la insuficiencia de la cuota fijada y la omisión de establecer que el accionado tiene la obligación de mantener la obra social que le proveía a su hija.

El Tribunal estimó que el quantum en un 30% del SMVM “aparece insuficiente para atender las necesidades de la menor” por lo que estimaron equitativo aumentar la cuota fijada en el 45%.
En este escenario, los camaristas advirtieron que al “aumentar la edad de los alimentados, aumentan consecuentemente sus necesidades”. En particular señalaron que han transcurrido ocho años desde la sentencia de alimentos, y que en ese lapso la niña “se ha escolarizado, ha variado la dieta alimentaria, ha avanzado en su socialización, con todas las consecuencias económicas que de estos cambios derivan”.
Para los jueces, el “alimentante, aun cuando haya renunciado a su empleo, es una persona en plena edad productiva y tiene un título profesional de Ingeniero Agrónomo”.
El Tribunal estimó que el quantum en un 30% del SMVM “aparece insuficiente para atender las necesidades de la menor” por lo que estimaron equitativo aumentar la cuota fijada en el 45%.
“Se trata de garantizar el mantenimiento del status alcanzado por la niña, siendo que la mera privación de bienes materiales dispuesta por decisión unilateral, en tanto no responda a criterios razonables o motivos pedagógicos, debe ser corregida en la fijación de la cuota alimentaria”, concluyó el fallo.

DJ
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jueves, 8 de noviembre de 2018

DERECHO A LA SALUD. Amparo - Intervención Quirúrgica Cardíaca

Una obra social deberá autorizar de inmediato la intervención quirúrgica de cirugía cardiovascular a una afiliada. Así lo resolvió el Juez de la Sala III de la Cámara de Apelaciones de la Salta, Marcelo Domínguez, quien hizo lugar a la acción de amparo, en el marco de los “F., M. I. vs. Instituto Provincial de Salud de Salta (I.P.S.) – Amparo”.

La mujer, de 76 años, tiene su válvula aórtica colapsada lo que se traduce en la interrupción del flujo sanguíneo que circula. El médico tratante le recomendó la cirugía por catéter utilizando la técnica denominada TAVI, pero e Instituto Provincial de Salud de la Provincia (IPSS) autorizó la tradicional práctica de intubación y corazón abierto que consiste en la apertura del tórax interrumpiendo el ritmo cardíaco para conectarlo con una máquina de circulación extracorporea.

La paciente buscó una segunda opinión médica que coincidió en cuanto al tratamiento sugiriendo la práctica que resulta poco invasiva respecto de la práctica anterior, ya que es una cirugía que “posibilita el implante valvular aórtico percutáneo con catéter, a través de una pequeña incisión en la ingle o bajo la mama del paciente”.

Por ello, la afiliada acudió a la Justicia e interpuso una acción de amparo para obtener la intervención quirúrgica de cirugía cardiovascular por el procedimiento recomendado por el médico tratante ya que, según explicó, la falta de esta práctica médica “importa un grave peligro a su salud y su vida”.

“No se ha acreditado, ni se ha ofrecido demostrar, que la suma de dinero que la obra social debe gastar para cumplir con la cobertura peticionada, pueda desequilibrar sus finanzas al extremo de privar de prestaciones a los restantes afiliados y beneficiarios del sistema”, concluyó el fallo.

En este escenario, el juez advirtió el “delicado estado de salud” de la amparista y la “urgencia que la práctica quirúrgica conlleva”. Según consta en la causa, los médicos aconsejaron y recomendaron la técnica teniendo en cuenta especialmente los antecedentes médicos y la edad de la paciente.

“No se ha acreditado, ni se ha ofrecido demostrar, que la suma de dinero que la obra social debe gastar para cumplir con la cobertura peticionada, pueda desequilibrar sus finanzas al extremo de privar de prestaciones a los restantes afiliados y beneficiarios del sistema”, concluyó el fallo.
DJ

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John Unger y Schoep, todo un ejemplo de amor

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"Mi meta en la vida es ser tan buena persona como mi perro ya cree que soy".

25 de agosto de 2008

Consejos para tener un Pit bull


La verdad sobre el PIT BULL

Características:

El pitbull es un perro notable de tamaño mediano, estructura sólida, pelo corto y una musculatura bien definida. Aunque se conoce a esta raza con el nombre genérico de pitbull, el nombre correcto en castellano es pit bull terrier americano.

Si bien el nombre de la raza da a pensar que el pitbull se originó en Estados Unidos, el origen de esta raza se remonta a la Gran Bretaña del siglo XIX.

Creado originalmente para ser un perro de pelea, el pitbull presenta características físicas que le confieren gran fuerza y agilidad. También es un perro muy resistente al dolor físico y tiene un coraje que supera cualquier expectativa.

Estas características han sido un arma de doble filo para esta noble raza. Los aficionados al pitbull valoran su fuerza y agilidad, mientras que sus detractores opinan que es poco menos que una máquina de matar.

Apariencia del pitbull

La cabeza del pitbull es larga, ancha y poderosa, pero no debe ser desproporcionada con relación al cuerpo. Vista de frente tiene la forma de un trapecio invertido, es decir que es como un triángulo invertido cuyo extremo inferior ha sido cortado. Las mejillas son abultadas y sobresalen de este trapecio imaginario.

El stop es moderadamente definido, y los ojos tienen una ubicación baja en el cráneo. Los ojos del pitbull pueden ser de cualquier color excepto celeste. Las orejas son en forma de rosa o semierectas, y su inserción es alta.

La mordida del pitbull es poderosa y es una de las características que ha fomentado algunos mitos sobre el pitbull. Uno de esos mitos dice que el perro pitbull es incapaz de soltar la presa porque sus quijadas se traban de alguna manera. Otro mito le atribuye a la mordida del pitbull una presión de 1600 libras por pulgada cuadrada. Esos mitos absurdos han ayudado a destruir la imagen de esta noble raza de perros.

Al igual que la cabeza, el cuerpo del perro pitbull es muy llamativo. Aunque resulte extraño para quien no conoce a esta raza, el cuerpo del pitbull no es excesivamente voluminoso ni ancho. Es cierto que existen fotos y videos de perros "pitbull" que parecen versiones caninas de un Arnold Schwarzenegger enano, pero esa no es la imagen real del pitbull.

De acuerdo con el estándar de la raza aceptado por el United Kennel Club (UKC), el perro pitbull debe tener un cuerpo ligeramente más largo que alto, con pecho profundo y nunca debe tener apariencia gruesa o excesivamente musculosa. De hecho, el mismo estándar establece que el pecho no debe ser más ancho que profundo.

Todos esos "fisicoculturistas caninos" que parecen tanques de cuatro patas, no concuerdan con el estándar del perro pitbull.

Una de las características físicas más agradables del pitbull es su pelaje corto y lustroso, que invita a la caricia incluso a quienes no son muy afectos a los perros. Ciertamente es muy agradable acariciar el lustroso pelaje de un pitbull... siempre que el perro esté limpio, por supuesto. Todos los colores son aceptados para esta raza, excepto el mirlo (fondo jaspeado con parches de color sólido).

Temperamento y carácter del pitbull

Los medios de comunicación y la sociedad en general, han difundido muchos mitos y leyendas sobre el carácter del perro pitbull. Hoy en día la mayoría de la gente piensa que los pitbull son perros peligrosos, inestables y muy agresivos.

Esa idea es incorrecta, pero sus partidarios tratan de apoyarla basándose en la historia del perro pitbull y en datos de ataques ocasionales provocados por pitbulls o perros similares.


La verdad es que el pitbull es un perro con un impulso de presa muy desarrollado, pero no es un asesino por naturaleza. De hecho, tiende a ser un perro muy sociable con la gente. En general, éste es un perro que puede llevarse muy bien con niños y adultos, y puede ser una mascota excepcional.

Sin embargo, el buen carácter de cualquier perro (incluido el pitbull) depende de su correcta socialización desde cachorro.

En términos generales, estos perros son amigables, juguetones y confiables con la gente.

De acuerdo con las estadísticas de la sociedad americana de evaluación del temperamento (ATTS por sus siglas en inglés), el pitbull tiene un temperamento más estable que el promedio de los perros. Más aún, en las evaluaciones llevadas a cabo por esa organización el año 2006, el pitbull obtuvo una mejor "calificación" que razas tales como el beagle y el golden retriever.

Ahora bien, aún cuando esta raza no tiende a ser agresiva con las personas, sí existen perros pitbull que son agresivos. Esto se debe al cuidado inadecuado y la irresponsabilidad de sus dueños, y puede ocurrir con cualquier raza de perros.

Por otro lado, aunque un pitbull puede ser socializado con otros perros y con otros animales, ésta no es la raza más recomendable si quieres tener más de un perro. Un perro pitbull puede tener amigos perros, pero el fuerte impulso de presa y la capacidad combativa de esta raza pueden provocar serios conflictos.

La inteligencia de estos perros los hace fácilmente adiestrables. Los pitbull se adaptan bien a diferentes técnicas de adiestramiento canino, pero responden mejor con el adiestramiento en positivo.

Peso y altura

El estándar de la raza no especifica una altura determinada, sino que prioriza la construcción armónica del cuerpo. Es por eso que existen perros pitbull de tamaños muy heterogéneos. Sin embargo, el pitbull es un perro de talla mediana.

El peso debe estar en proporción con la altura, por lo que también es muy variable en esta raza. Sin embargo, el peso de los machos suele encontrarse entre los 15,9 y 27,2 kilogramos; mientras que el peso de las hembras suele estar entre los 13,6 y 22,7 kilogramos.

Salud y cuidados

Ésta es una de las razas de perros más resistentes a las enfermedades, pero no por eso debes descuidar su salud. Además de tener al día las vacunas de tu perro, tienes que prestar atención a posibles problemas del corazón, enfermedades contagiosas de la piel (sarna, eccemas, hongos), parásitos internos y externos, etc.

Por supuesto, lo más importante para mantener la salud de tu pitbull es que se le haga una revisión veterinaria regular y que sigas los consejos que te de el veterinario.

El pelaje del pitbull no necesita de cuidados especiales. Será suficiente con el cepillado regular y el baño cada vez que se ensucie.

Sin embargo, el ejercicio es muy importante por lo que necesitarás sacarlo a pasear al menos una vez al día por períodos prolongados (1 hora como mínimo). Al pasearlo tienes que cuidar que no pelee con otros perros, ya que esto es algo frecuente con esta raza. También tienes que proporcionarle el adiestramiento canino básico para poder controlarlo cuando sea necesario.

Los juegos son muy importantes y, si puedes, también deberías llevarlo al campo de vez en cuando.

Historia de los perros pitbull

Los perros pitbull actuales tienen sus orígenes en la Gran Bretaña del siglo XIX, pero su historia se remonta a la época del imperio romano.

Esta raza desciende de perros molosos de pelea, que originalmente se usaban para peleas contra toros y osos. Con la prohibición de estas peleas en Inglaterra, los aficionados a estos "deportes" empezaron a criar perros más ligeros para hacerlos pelear entre ellos. Parece ser que se utilizaron perros de tipo terrier, consiguiendo así mayor agilidad sin perder la combatividad.

El pitbull fue reconocido en alguna época por el American Kennel Club (AKC), pero luego fue eliminado de sus registros porque dicha institución no quería la mala prensa que traía consigo una raza de pelea. Es así que los cinófilos norteamericanos desarrollaron una nueva raza a partir del pitbull de entonces, el American Staffordshire Terrier.

Actualmente, el pitbull es reconocido por algunas organizaciones cinófilas, como el United Kennel Club y la American Dog Breeders Association, pero no es reconocido por la Federación Cinológica Internacional (FCI) ni por el AKC. Sin embargo, algunas entidades afiliadas a la FCI reconocen a la raza, como es el caso de la Federación Cinológica Argentina.

Actualmente la raza está considerada como una de las razas peligrosas, pero sigue brindando su cariño y lealtad a miles de personas en todo el mundo.