
La Ley Nº 26.579, introdujo significativas modificaciones en el Código Civil, lo que ha reformado el régimen de la Emancipación.
En principio podemos decir que como una de las modificaciones fundamentales establece la mayoría de edad a los 18 años (recordar que hasta la entrada en vigencia de esta norma, la mayoría de edad estaba fijada en los veintiún (21) años), esta modificación se encuentra de acuerdo con los establecido en el artículo 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño:
“Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad.”
Emancipación
Hasta la entrada en vigencia de la nueva Ley, la emancipación, de la cual brevemente podemos definir que se trata de habilitar a un menor para regir su persona y bienes como si fuera un adulto, básicamente se dividía en dos tipos, la emancipación por habilitación de edad y la emancipación por matrimonio.
La emancipación por edad (para menores que hubieren cumplido dieciocho años) era la habilitación de un menor para regir su persona y bienes como si fuera adulto, con las limitaciones que establece el Código Civil. Esta podía producirse por concesión de los que ejercen la patria potestad o por autorización judicial o por matrimonio del menor.
La emancipación por habilitación de edad, contemplada en el tercer párrafo del artículo 131 del Código Civil, quedó derogada porque con la Ley Nº 26.579 se estableció la mayoría de edad a los dieciocho (18) años.
En definitiva, en la actualidad solo quedó vigente la “emancipación por matrimonio”
"Artículo 131: Los menores que contrajeran matrimonio se emancipan y adquieren capacidad civil, con las limitaciones previstas en el artículo 134.
Si se hubieran casado sin autorización no tendrán hasta la mayoría de edad la administración y disposición de los bienes recibidos o que recibieren a título gratuito, continuando respecto a ellos el régimen legal vigente de los menores."
La Ley Nº 23.515, establecía en el artículo 166 inciso 5º como uno de los requisitos para contraer matrimonio, tener dieciséis (16) años la mujer y dieciocho (18) el varón; posteriormente la Ley Nº 26.449, modificó el citado inciso y estableció la edad de dieciocho (18) años tanto para la mujer como para el varón. La Ley Nº 26.579, que dice modificar nuevamente el art. 166, inc. 5, solo ha sostenido el criterio de la edad para contraer matrimonio a los dieciocho 18 años.
PARA MAYOR INFORMACION, NO DUDE EN CONTACTARSE a los teléfonos (0342) 489.6831 o (0342) 155.472616, o a los e-mail: abogado.mas@gmail.com o ma_sandria@yahoo.com.ar
En principio podemos decir que como una de las modificaciones fundamentales establece la mayoría de edad a los 18 años (recordar que hasta la entrada en vigencia de esta norma, la mayoría de edad estaba fijada en los veintiún (21) años), esta modificación se encuentra de acuerdo con los establecido en el artículo 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño:
“Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad.”
Emancipación
Hasta la entrada en vigencia de la nueva Ley, la emancipación, de la cual brevemente podemos definir que se trata de habilitar a un menor para regir su persona y bienes como si fuera un adulto, básicamente se dividía en dos tipos, la emancipación por habilitación de edad y la emancipación por matrimonio.
La emancipación por edad (para menores que hubieren cumplido dieciocho años) era la habilitación de un menor para regir su persona y bienes como si fuera adulto, con las limitaciones que establece el Código Civil. Esta podía producirse por concesión de los que ejercen la patria potestad o por autorización judicial o por matrimonio del menor.
La emancipación por habilitación de edad, contemplada en el tercer párrafo del artículo 131 del Código Civil, quedó derogada porque con la Ley Nº 26.579 se estableció la mayoría de edad a los dieciocho (18) años.
En definitiva, en la actualidad solo quedó vigente la “emancipación por matrimonio”
"Artículo 131: Los menores que contrajeran matrimonio se emancipan y adquieren capacidad civil, con las limitaciones previstas en el artículo 134.
Si se hubieran casado sin autorización no tendrán hasta la mayoría de edad la administración y disposición de los bienes recibidos o que recibieren a título gratuito, continuando respecto a ellos el régimen legal vigente de los menores."
La Ley Nº 23.515, establecía en el artículo 166 inciso 5º como uno de los requisitos para contraer matrimonio, tener dieciséis (16) años la mujer y dieciocho (18) el varón; posteriormente la Ley Nº 26.449, modificó el citado inciso y estableció la edad de dieciocho (18) años tanto para la mujer como para el varón. La Ley Nº 26.579, que dice modificar nuevamente el art. 166, inc. 5, solo ha sostenido el criterio de la edad para contraer matrimonio a los dieciocho 18 años.
PARA MAYOR INFORMACION, NO DUDE EN CONTACTARSE a los teléfonos (0342) 489.6831 o (0342) 155.472616, o a los e-mail: abogado.mas@gmail.com o ma_sandria@yahoo.com.ar
muchas gracias por la informacion!!estoy estudiando y tengo un par de libros viejos.jaja. muchas gracias!! atte: martin
ResponderEliminarde nada martin, es un placer regalarles un poco de mi conocimiento.
ResponderEliminarOcea que no se pueden casar dos personas.. uno con 16años y otro con 20años??..
Eliminary si tienen ambos menos de 18 años ?? necesitan autorizacion judicial o de los padres?? o de ambos??
ResponderEliminarEn principio necesitan la autoriazacion de los padres o de sis tutores legales. Si estos no dan su autorizacion pueden revurrir a la venia judicial y el juez determinara si son hábiles o no para contraer matrimonio
Eliminarbueno ami mi mamma no me kiere mas en mi casa y no se que hacer me dan una respuesta ......
ResponderEliminarO sea la emancipacion por habilitacion de edad y la comercial estan derogadas, se suprimieron del codigo civil? Estoy estudiando derecho privado y no se si seguir estudiando esos dos puntos ya que el libro no esta actualizado. Si son amables por favor indiquenmen cuales son los puntos vigentes a tener en cuenta con repsecto a las emancipaciones. Gracias
ResponderEliminarcomo ago si soy una menor y me quiero enmacipar ?
ResponderEliminarHola, una pregunta, si yo tengo 16 años, y quiero contraer matrimonio con alguien de 18, puedo hacerlo si obtengo la emancipación antes de casarme para poder hacerlo sin el permiso de mis padres, o es necesario obtener su aprobación para poder casarme y así emanciparme automáticamente, u otra posibilidad seria obtener una previa dispensa, y así puedo obtener la emancipación antes de contraer matrimonio?
ResponderEliminarPara casarte em principip necesitas la autorizacion de tus padres o de tus tutores, si ellos se niegan a darte la autorización puedes recurrir a la venia judicial y un juez determinará si estas habilitada/o para contraer matrimonio
EliminarUna pregunta ¿Se puede emancipar una chica de 12 años?
ResponderEliminarNo, solo se pueden emancipar los menores que contraen matrimonio y con 12 años a ningun menor lo autorizarian ni sus tutores ni un juez para que contraiga matrimonio
Eliminarentonces la emancipacion por habilitacion de edad esta derogada porq la mayoria de edad hoy es a los 18, en ese caso se supone q la emancipacion por matrimonio tambien puesto q hoy es posible casarse a los 18 tanto los varones como las mujeres?
ResponderEliminarNo es asi, la emancipacion por habilitacion de edad es la que ha quedado derogada, la emancipacion por matrimonio sigue vigente ya que los menores que contraen matronio con la autorizacion de sus padres o sus tutores o de la venia judicial quedan ancipados conforme a lo dispuesto por el artículo 131 del Código Civil
EliminarHola, yo tengo 14, a punto de cumplir 15, y me quiero enmancipar pero no tengo autorización... que puedo hacer?
ResponderEliminarNo puedes emanciparte sin contrer matrimonio y para ello necesitas autorizacion de tus padres o tutores o la venia judicial (es decir que un juez te de la autorizacion) y conseguir la venia judicial no es cosa fácil deben haber buenos motivos para poder habilitar a un menor para que se case
EliminarHola, si tengo 16 años y soy víctima de maltratos físicos y psicológicos, que puedo hacer al respecto y cómo puedo conseguir la emancipación ??
ResponderEliminarYo tengo 16años, no puedo emanciparme de mis padres?
ResponderEliminarHola, la tenencia y ejercicio de la patria potestad se extinguen al cumplir 18 años?
ResponderEliminarHola,una pregunta..soy mujer y tengo 18 años,estudio y este año cumplo 19,quisiera saber si ya soy mayor y me puedo ir de mi casa sin que mis padres me busquen por medio de la policia,porque yo me quiero ir pero el problema es que no me dejan irme de mi casa.
ResponderEliminarUna pregunta puedo denunciar a mis padres porque no me quieren dejar ir de mi casa? Soy mujer tengo 18 años y este año cumplo 19 años.
ResponderEliminarComo sería el caso de un huérfano, que es menor de edad? Podría enmanciparse?
ResponderEliminarComo sería el caso de un huérfano, que es menor de edad? Podría enmanciparse?
ResponderEliminarY de quien te querés emancipar?!?!
EliminarHola mi hijo de 18 años se quiere ir a vivir a Mar del Plata con su novia de 16, puede hacerlo sin mi autorizacion? q medios legales tengo para impedirselo? Desde ya muchas gracias!!
ResponderEliminarhola mi hijo tiene 17 años y su novia quedo embarazada y tiene 16 años ella al estar embarazada se puede enmancipar? xq la mama nole permite salir de su casa y dice que durante los 9 meses de embarazo no nos va a dejar acercase a el queriendo hacerse cargo y ni a nosotros tambien como familia de mi hijo
ResponderEliminarBuenos dias, en mi casa hay algunos problemas familiares con mi hermana que ya tiene 18 años, ella usa algunas drogas y tiene muy mal caracter, amenaza con matar a mi mama y varias veces en peleas le ha pegado a mi mama. Pueden mis papas emanciparla para que salga de mi casa legalmente ya que ella considera que puede pasar por arriba de todos¿?. Muchas gracias
ResponderEliminarHola yo tengo 17 años soy mujer... Mi padre desapareció y mi madre hace lo que quiere y me deja acargo a mi hermana (2 años de edad) hace ya mas de 3 meses... Tengo muchos testigos que pueden decir lo mismo por que me conocen y ven como me manejo con mi hermana ... Y mi madre quiere hacerme una denuncia pero ni siquiera sabe de que... Es posible que haga la emancipación ... Los 18 los cumplo en junio del 2016
ResponderEliminarHola tengo 16 años, quisiera saber si puedo irme de mi casa sin que mis padres ne vuelvan a llevar a casa. Hay problemas muy serios. Quiero irme, alguien que conteste
ResponderEliminarEntonces se puede emancipar a los 16? Pero no de matrimonio sino de familia
ResponderEliminaruna pregunta tengo 13 me puedo emancipar por dadiva ?
ResponderEliminarTengo 18 mi novia 16 si nos casamos pasariamos a estar enmancipados ambos claro con el permiso de los padres
ResponderEliminarHola tengo 16 años y quiero trabajar y quisiera saber si es que se puede
ResponderEliminarTengo 17 ,y quiero saber si me puedo emancipar? Cumplo 18 en 6 meses
ResponderEliminarTengo 16 años, estoy embarazada, mis papás no saben nada y quiero irme de mi casa. ¿Estando embarazada puedo obtener mi emancipacion?¿Si me caso también puedo obtenerla?
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