
¿ Que es una Sucesión ?
La sucesión o juicio sucesorio, es la transmisión de los derechos activos y pasivos que componen la herencia de una persona fallecida, a la persona, determinada por la ley o por el testador, que la sobrevive. La sucesión puede ser -ab intestato o sin testamento-, y testamentaria.
¿ En que lugar debe iniciar la sucesión ?
El último domicilio del causante (fallecido) es el que determina la competencia del juzgado. Ahora bien debe tenerse en cuenta que si el último domicilio del causante hubiese sido en Brasil y posee bienes registrables en Argentina, es ante el Juzgado argentino del lugar donde se hallen esos bienes, quién tendrá la competencia para entender en el trámite sucesorio.
La sucesión testamentaria ¿ Que es un Testamento ?
El Código Civil en su artículo 3.607, establece: El testamento es un acto escrito, celebrado con las solemnidades de la ley, por el cual una persona dispone del todo o parte de sus bienes para después de su muerte.
Respetando lo prescripto por el Código Civil, podemos decir que El testamento es un acto jurídico de última voluntad por el cual una persona dispone para después de su muerte todos los bienes o alguno de ellos.
Existen tres tipos de testamentos:
Testamento ológrafo: es aquel en que el testador lo hace de su puño y letra, lo firma e incluye la fecha. La dificultad está en que la omisión de estos puntos, puede invalidarlo. Luego de la muerte del causante, es necesario que dos testigos reconozcan la firma y letra, se puede evitar la presentación de testigos, certificando la firma por escribano público.
Testamento por acto público: Se realiza ante escribano, en presencia de tres testigos, asegurando su efectividad y validez legal.
Testamento cerrado: Es aquel que se que se presenta ante escribano en un sobre cerrado, dejándose constancia en un acta constancia de la manifestación del testador sobre el contenido del sobre; se realiza en presencia de cinco testigos.
La ley determina algunas prescripciones de orden formal que son comunes a todos los testamentos: Firma y fecha: son elementos imprescindibles para cualquiera de los tres tipos de testamento. Testigos: son necesarios en todos los testamentos, a excepción del ológrafo.
¿ Se pueden testar sin restricción alguna ?
Solo podrá hacerlo si no existen herederos forzosos, ya que de tenerlos se debe respetar “la legítima”
¿ Que es la Legítima ?
La ley reserva determinada porción de los bienes de la herencia a determinados herederos forzosos (hijos, padres, esposa), esa porción es denominada “legítima”. legítima es la 'porción' de bienes de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente, aunque desee hacerlo, porque por ley se reserva a determinados herederos llamados forzosos.
El porcentaje de la legítima es el siguiente: de los hijos es 4/5, la de los padres 2/3 y la del cónyuge 1/2. Eso no significa lo que puedan heredar, sino que determina cuál es la porción disponible para testar.
¿ Qué es un Legado ?
Cuando una persona fallece puede dejar uno o varios bienes u otros derechos, a una persona en particular. Estos bienes se los excluye de la herencia y no entran en la masa de reparto entre los herederos.
A estos bienes -determinados- se les denomina legados y a los beneficiarios, legatarios. El legado no debe afectar la legítima de los herederos forzosos.
Revocación de un Testamento o Legado
Tanto el testamento como el legado puede revocarse, todas las veces que se desee. Téngase presente que el último que se otorgue será el válido, quedando sin efectos los anteriores.
¿ Que se necesita para iniciar una sucesión ya sea sin o con testamento ?
Debe tenerse presente que para iniciar una sucesión haya o no testamento, se necesita:
Partida de defunción
Partidas que acrediten los vínculos con el fallecido o testamento.
Fotocopias certificadas de los títulos de propiedad.
La sucesión o juicio sucesorio, es la transmisión de los derechos activos y pasivos que componen la herencia de una persona fallecida, a la persona, determinada por la ley o por el testador, que la sobrevive. La sucesión puede ser -ab intestato o sin testamento-, y testamentaria.
¿ En que lugar debe iniciar la sucesión ?
El último domicilio del causante (fallecido) es el que determina la competencia del juzgado. Ahora bien debe tenerse en cuenta que si el último domicilio del causante hubiese sido en Brasil y posee bienes registrables en Argentina, es ante el Juzgado argentino del lugar donde se hallen esos bienes, quién tendrá la competencia para entender en el trámite sucesorio.
La sucesión testamentaria ¿ Que es un Testamento ?
El Código Civil en su artículo 3.607, establece: El testamento es un acto escrito, celebrado con las solemnidades de la ley, por el cual una persona dispone del todo o parte de sus bienes para después de su muerte.
Respetando lo prescripto por el Código Civil, podemos decir que El testamento es un acto jurídico de última voluntad por el cual una persona dispone para después de su muerte todos los bienes o alguno de ellos.
Existen tres tipos de testamentos:
Testamento ológrafo: es aquel en que el testador lo hace de su puño y letra, lo firma e incluye la fecha. La dificultad está en que la omisión de estos puntos, puede invalidarlo. Luego de la muerte del causante, es necesario que dos testigos reconozcan la firma y letra, se puede evitar la presentación de testigos, certificando la firma por escribano público.
Testamento por acto público: Se realiza ante escribano, en presencia de tres testigos, asegurando su efectividad y validez legal.
Testamento cerrado: Es aquel que se que se presenta ante escribano en un sobre cerrado, dejándose constancia en un acta constancia de la manifestación del testador sobre el contenido del sobre; se realiza en presencia de cinco testigos.
La ley determina algunas prescripciones de orden formal que son comunes a todos los testamentos: Firma y fecha: son elementos imprescindibles para cualquiera de los tres tipos de testamento. Testigos: son necesarios en todos los testamentos, a excepción del ológrafo.
¿ Se pueden testar sin restricción alguna ?
Solo podrá hacerlo si no existen herederos forzosos, ya que de tenerlos se debe respetar “la legítima”
¿ Que es la Legítima ?
La ley reserva determinada porción de los bienes de la herencia a determinados herederos forzosos (hijos, padres, esposa), esa porción es denominada “legítima”. legítima es la 'porción' de bienes de la herencia de la que el testador no puede disponer libremente, aunque desee hacerlo, porque por ley se reserva a determinados herederos llamados forzosos.
El porcentaje de la legítima es el siguiente: de los hijos es 4/5, la de los padres 2/3 y la del cónyuge 1/2. Eso no significa lo que puedan heredar, sino que determina cuál es la porción disponible para testar.
¿ Qué es un Legado ?
Cuando una persona fallece puede dejar uno o varios bienes u otros derechos, a una persona en particular. Estos bienes se los excluye de la herencia y no entran en la masa de reparto entre los herederos.
A estos bienes -determinados- se les denomina legados y a los beneficiarios, legatarios. El legado no debe afectar la legítima de los herederos forzosos.
Revocación de un Testamento o Legado
Tanto el testamento como el legado puede revocarse, todas las veces que se desee. Téngase presente que el último que se otorgue será el válido, quedando sin efectos los anteriores.
¿ Que se necesita para iniciar una sucesión ya sea sin o con testamento ?
Debe tenerse presente que para iniciar una sucesión haya o no testamento, se necesita:
Partida de defunción
Partidas que acrediten los vínculos con el fallecido o testamento.
Fotocopias certificadas de los títulos de propiedad.
PARA MAYOR INFORMACION, NO DUDE EN CONTACTARSE a los teléfonos (0342) 455.6354 o (0342) 155.472616, o a los e-mail: abogado.mas@gmail.com o ma_sandria@yahoo.com.ar
Me interesaria saber si es valido un documento firmado por solo uno de tres hermanos en el que se cede una hijuela (tierras de cultivo) a un familiar tambien heredero del mismo bien.
ResponderEliminarPor otro lado, si este documento puede ser cuestionado legalmente y si existe algun tipo de prescripcion al reclamo definida en la Ley Argentina.