martes, 10 de mayo de 2011

DERECHO CIVIL - Locación de Obra - El dueño no es responsable por los accidentes


La Justicia de Córdoba no hizo lugar a una demanda por daños iniciada por un contratado que sufrió una caída mientras podaba un árbol en la propiedad de quien lo contrató. La Cámara provincial sostuvo que “al tratarse de una locación de obra, resulta inaplicable el artículo 1113 del Código Civil”.

La Cámara con competencia Civil y Comercial de Segunda Nominación de la ciudad de Río Cuarto decidió por unanimidad rechazar la demanda de daños y perjuicios iniciada por un hombre que sufrió un accidente mientras podaba árboles ubicados en un terreno de propiedad de la demandada.

El Tribunal de Apelaciones cordobés, integrado por los magistrados José María Ordoñez, Daniel Mola y Horacio Taddei, puntualizó que “al tratarse de una locación de obra, resulta inaplicable el artículo 1113 del Código Civil”.

Un hombre fue contratado para realizar la poda de un conjunto de árboles. Mientras se encontraba cumpliendo con su tarea se cayó de uno de los árboles y sufrió daños en la mano causados fundamentalmente por la motosierra que estaba manipulando. El podador había utilizado una tarima y un tractor de propiedad de quien lo contrato para la poda a fin de alcanzar los eucaliptos que estaban a gran altura. Luego de este episodio dañoso el sujeto demandó a la propietaria de los árboles.

En primera instancia la demanda fue rechazada. El actor apeló entonces el fallo de grado. Se agravió por la falta de aplicación del artículo 1113 del Código Civil porque entendió que se trataba de un caso de cosa y actividad riesgosa. También señaló que la situación había configurado un supuesto de accidente de trabajo.

Una vez planteado el caso ante la Cámara de Apelaciones, ésta señaló que la relación entre las partes del caso debía ubicarse “en la figura de la locación de obra, en función de las características particulares que rodean el caso, cuales fincan en la contratación de una persona idónea o experta en el ramo –poda de árboles-, para la realización de esa específica tarea respecto de unos eucaliptos de propiedad de la demandada, por precio determinado o determinable”.

Acto seguido, el Tribunal cordobés manifestó que la actividad riesgosa invocada por el actor para que se aplique el artículo 1113 del Código Civil “lejos de ser desarrollada por la demandada, es aquella que ha llevado a cabo el mismo accionante, quien asume en el caso los riesgos propios de esa actividad como locador en el contrato de locación de obra”.

Además, la Cámara Civil y Comercial destacó que la parte actora había confundido “el sujeto pasivo en quien la ley hacer recaer la presunción de responsabilidad por el ejercicio de una actividad riesgosa, ya que dicha actividad solamente la desempeñó el propio actor y no la demandada”.

Entre tanto, la Justicia de Río Cuarto explicó que el actor tampoco podía invocar la existencia de un accidente de trabajo en virtud de “las profundas diferencias que existen entre la locación de obre (que rige el caso de autos) y la locación de servicios (que comprendería al contrato de trabajo), figura ésta en la que sí sería posible acceder a la indemnización pretendida por la quejosa”.

En consecuencia, la Cámara Civil y Comercial de la provincia de Córdoba resolvió rechazar la apelación planteada por la parte actora y confirmar la sentencia de primera instancia que no hizo lugar al reclamo de daños y perjuicios interpuesto por un podador de árboles que sufrió un accidente mientras cumplía con sus labores.

Diario Judicial

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miércoles, 4 de mayo de 2011

DERECHO CIVIL: FAMILIA: La Emancipación y la Ley Nº 26.579


La Ley Nº 26.579, introdujo significativas modificaciones en el Código Civil, lo que ha reformado el régimen de la Emancipación.

En principio podemos decir que como una de las modificaciones fundamentales establece la mayoría de edad a los 18 años (recordar que hasta la entrada en vigencia de esta norma, la mayoría de edad estaba fijada en los veintiún (21) años), esta modificación se encuentra de acuerdo con los establecido en el artículo 1 de la Convención sobre los Derechos del Niño:

“Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad.”

Emancipación

Hasta la entrada en vigencia de la nueva Ley, la emancipación, de la cual brevemente podemos definir que se trata de habilitar a un menor para regir su persona y bienes como si fuera un adulto, básicamente se dividía en dos tipos, la emancipación por habilitación de edad y la emancipación por matrimonio.

La emancipación por edad (para menores que hubieren cumplido dieciocho años) era la habilitación de un menor para regir su persona y bienes como si fuera adulto, con las limitaciones que establece el Código Civil. Esta podía producirse por concesión de los que ejercen la patria potestad o por autorización judicial o por matrimonio del menor.

La emancipación por habilitación de edad, contemplada en el tercer párrafo del artículo 131 del Código Civil, quedó derogada porque con la Ley Nº 26.579 se estableció la mayoría de edad a los dieciocho (18) años.

En definitiva, en la actualidad solo quedó vigente la “emancipación por matrimonio”

"Artículo 131: Los menores que contrajeran matrimonio se emancipan y adquieren capacidad civil, con las limitaciones previstas en el artículo 134.
Si se hubieran casado sin autorización no tendrán hasta la mayoría de edad la administración y disposición de los bienes recibidos o que recibieren a título gratuito, continuando respecto a ellos el régimen legal vigente de los menores."

La Ley Nº 23.515, establecía en el artículo 166 inciso 5º como uno de los requisitos para contraer matrimonio, tener dieciséis (16) años la mujer y dieciocho (18) el varón; posteriormente la Ley Nº 26.449, modificó el citado inciso y estableció la edad de dieciocho (18) años tanto para la mujer como para el varón. La Ley Nº 26.579, que dice modificar nuevamente el art. 166, inc. 5, solo ha sostenido el criterio de la edad para contraer matrimonio a los dieciocho 18 años.


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John Unger y Schoep, todo un ejemplo de amor

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"Mi meta en la vida es ser tan buena persona como mi perro ya cree que soy".

25 de agosto de 2008

Consejos para tener un Pit bull


La verdad sobre el PIT BULL

Características:

El pitbull es un perro notable de tamaño mediano, estructura sólida, pelo corto y una musculatura bien definida. Aunque se conoce a esta raza con el nombre genérico de pitbull, el nombre correcto en castellano es pit bull terrier americano.

Si bien el nombre de la raza da a pensar que el pitbull se originó en Estados Unidos, el origen de esta raza se remonta a la Gran Bretaña del siglo XIX.

Creado originalmente para ser un perro de pelea, el pitbull presenta características físicas que le confieren gran fuerza y agilidad. También es un perro muy resistente al dolor físico y tiene un coraje que supera cualquier expectativa.

Estas características han sido un arma de doble filo para esta noble raza. Los aficionados al pitbull valoran su fuerza y agilidad, mientras que sus detractores opinan que es poco menos que una máquina de matar.

Apariencia del pitbull

La cabeza del pitbull es larga, ancha y poderosa, pero no debe ser desproporcionada con relación al cuerpo. Vista de frente tiene la forma de un trapecio invertido, es decir que es como un triángulo invertido cuyo extremo inferior ha sido cortado. Las mejillas son abultadas y sobresalen de este trapecio imaginario.

El stop es moderadamente definido, y los ojos tienen una ubicación baja en el cráneo. Los ojos del pitbull pueden ser de cualquier color excepto celeste. Las orejas son en forma de rosa o semierectas, y su inserción es alta.

La mordida del pitbull es poderosa y es una de las características que ha fomentado algunos mitos sobre el pitbull. Uno de esos mitos dice que el perro pitbull es incapaz de soltar la presa porque sus quijadas se traban de alguna manera. Otro mito le atribuye a la mordida del pitbull una presión de 1600 libras por pulgada cuadrada. Esos mitos absurdos han ayudado a destruir la imagen de esta noble raza de perros.

Al igual que la cabeza, el cuerpo del perro pitbull es muy llamativo. Aunque resulte extraño para quien no conoce a esta raza, el cuerpo del pitbull no es excesivamente voluminoso ni ancho. Es cierto que existen fotos y videos de perros "pitbull" que parecen versiones caninas de un Arnold Schwarzenegger enano, pero esa no es la imagen real del pitbull.

De acuerdo con el estándar de la raza aceptado por el United Kennel Club (UKC), el perro pitbull debe tener un cuerpo ligeramente más largo que alto, con pecho profundo y nunca debe tener apariencia gruesa o excesivamente musculosa. De hecho, el mismo estándar establece que el pecho no debe ser más ancho que profundo.

Todos esos "fisicoculturistas caninos" que parecen tanques de cuatro patas, no concuerdan con el estándar del perro pitbull.

Una de las características físicas más agradables del pitbull es su pelaje corto y lustroso, que invita a la caricia incluso a quienes no son muy afectos a los perros. Ciertamente es muy agradable acariciar el lustroso pelaje de un pitbull... siempre que el perro esté limpio, por supuesto. Todos los colores son aceptados para esta raza, excepto el mirlo (fondo jaspeado con parches de color sólido).

Temperamento y carácter del pitbull

Los medios de comunicación y la sociedad en general, han difundido muchos mitos y leyendas sobre el carácter del perro pitbull. Hoy en día la mayoría de la gente piensa que los pitbull son perros peligrosos, inestables y muy agresivos.

Esa idea es incorrecta, pero sus partidarios tratan de apoyarla basándose en la historia del perro pitbull y en datos de ataques ocasionales provocados por pitbulls o perros similares.


La verdad es que el pitbull es un perro con un impulso de presa muy desarrollado, pero no es un asesino por naturaleza. De hecho, tiende a ser un perro muy sociable con la gente. En general, éste es un perro que puede llevarse muy bien con niños y adultos, y puede ser una mascota excepcional.

Sin embargo, el buen carácter de cualquier perro (incluido el pitbull) depende de su correcta socialización desde cachorro.

En términos generales, estos perros son amigables, juguetones y confiables con la gente.

De acuerdo con las estadísticas de la sociedad americana de evaluación del temperamento (ATTS por sus siglas en inglés), el pitbull tiene un temperamento más estable que el promedio de los perros. Más aún, en las evaluaciones llevadas a cabo por esa organización el año 2006, el pitbull obtuvo una mejor "calificación" que razas tales como el beagle y el golden retriever.

Ahora bien, aún cuando esta raza no tiende a ser agresiva con las personas, sí existen perros pitbull que son agresivos. Esto se debe al cuidado inadecuado y la irresponsabilidad de sus dueños, y puede ocurrir con cualquier raza de perros.

Por otro lado, aunque un pitbull puede ser socializado con otros perros y con otros animales, ésta no es la raza más recomendable si quieres tener más de un perro. Un perro pitbull puede tener amigos perros, pero el fuerte impulso de presa y la capacidad combativa de esta raza pueden provocar serios conflictos.

La inteligencia de estos perros los hace fácilmente adiestrables. Los pitbull se adaptan bien a diferentes técnicas de adiestramiento canino, pero responden mejor con el adiestramiento en positivo.

Peso y altura

El estándar de la raza no especifica una altura determinada, sino que prioriza la construcción armónica del cuerpo. Es por eso que existen perros pitbull de tamaños muy heterogéneos. Sin embargo, el pitbull es un perro de talla mediana.

El peso debe estar en proporción con la altura, por lo que también es muy variable en esta raza. Sin embargo, el peso de los machos suele encontrarse entre los 15,9 y 27,2 kilogramos; mientras que el peso de las hembras suele estar entre los 13,6 y 22,7 kilogramos.

Salud y cuidados

Ésta es una de las razas de perros más resistentes a las enfermedades, pero no por eso debes descuidar su salud. Además de tener al día las vacunas de tu perro, tienes que prestar atención a posibles problemas del corazón, enfermedades contagiosas de la piel (sarna, eccemas, hongos), parásitos internos y externos, etc.

Por supuesto, lo más importante para mantener la salud de tu pitbull es que se le haga una revisión veterinaria regular y que sigas los consejos que te de el veterinario.

El pelaje del pitbull no necesita de cuidados especiales. Será suficiente con el cepillado regular y el baño cada vez que se ensucie.

Sin embargo, el ejercicio es muy importante por lo que necesitarás sacarlo a pasear al menos una vez al día por períodos prolongados (1 hora como mínimo). Al pasearlo tienes que cuidar que no pelee con otros perros, ya que esto es algo frecuente con esta raza. También tienes que proporcionarle el adiestramiento canino básico para poder controlarlo cuando sea necesario.

Los juegos son muy importantes y, si puedes, también deberías llevarlo al campo de vez en cuando.

Historia de los perros pitbull

Los perros pitbull actuales tienen sus orígenes en la Gran Bretaña del siglo XIX, pero su historia se remonta a la época del imperio romano.

Esta raza desciende de perros molosos de pelea, que originalmente se usaban para peleas contra toros y osos. Con la prohibición de estas peleas en Inglaterra, los aficionados a estos "deportes" empezaron a criar perros más ligeros para hacerlos pelear entre ellos. Parece ser que se utilizaron perros de tipo terrier, consiguiendo así mayor agilidad sin perder la combatividad.

El pitbull fue reconocido en alguna época por el American Kennel Club (AKC), pero luego fue eliminado de sus registros porque dicha institución no quería la mala prensa que traía consigo una raza de pelea. Es así que los cinófilos norteamericanos desarrollaron una nueva raza a partir del pitbull de entonces, el American Staffordshire Terrier.

Actualmente, el pitbull es reconocido por algunas organizaciones cinófilas, como el United Kennel Club y la American Dog Breeders Association, pero no es reconocido por la Federación Cinológica Internacional (FCI) ni por el AKC. Sin embargo, algunas entidades afiliadas a la FCI reconocen a la raza, como es el caso de la Federación Cinológica Argentina.

Actualmente la raza está considerada como una de las razas peligrosas, pero sigue brindando su cariño y lealtad a miles de personas en todo el mundo.